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En redes sociales circula información sobre un supuesto apoyo extra de 6,400 pesos para millones de pensionados del IMSS y del ISSSTE. Sin embargo, hasta el 12 de septiembre de 2026 no existe un comunicado oficial que anuncie un bono extraordinario general para todas las personas jubiladas de esos institutos.
La cifra sí corresponde a un programa vigente, pero la explicación correcta es distinta: se trata del pago bimestral de la Pensión para el Bienestar de las Personas Adultas Mayores, un apoyo federal al que pueden acceder las personas de 65 años o más que cumplan con los requisitos establecidos, sin importar si también reciben una pensión del IMSS, del ISSSTE o de otra institución.
Por ello, una persona pensionada podría recibir en el mismo periodo su pago mensual del IMSS o del ISSSTE y, por separado, los 6,400 pesos bimestrales de Bienestar. Esto no significa que el Seguro Social o el ISSSTE hayan aumentado automáticamente la pensión ni que exista un depósito adicional universal para sus jubilados.
¿De dónde salen los 6,400 pesos?
Las Reglas de Operación de la Pensión para el Bienestar de las Personas Adultas Mayores para el ejercicio fiscal 2026 establecen un apoyo económico de 6,400 pesos cada bimestre. El programa está dirigido a todas las personas adultas mayores de 65 años o más, mexicanas por nacimiento o naturalización, que tengan domicilio actual en la República Mexicana.
El monto se entrega mediante la tarjeta del Banco del Bienestar. La Secretaría de Bienestar señala que el programa tiene carácter universal para las personas que cumplen las condiciones de edad, nacionalidad y residencia; por ello, recibir una pensión contributiva del IMSS o del ISSSTE no constituye, por sí mismo, una causa de exclusión.
La información oficial no presenta este pago como un bono de septiembre ni como una ayuda especial para pensionados del IMSS o del ISSSTE. Es un programa social independiente de las pensiones que pagan ambos institutos.
La cifra de 6,400 pesos también fue confirmada en la información vigente del programa para 2026. El depósito se realiza de manera bimestral y las fechas dependen del calendario que publique la Secretaría de Bienestar para cada periodo.
¿Quiénes pueden recibir el apoyo?
Las personas pensionadas del IMSS y del ISSSTE pueden ser derechohabientes de la Pensión Bienestar si cumplen con los criterios del programa. No es necesario haber cotizado ante alguno de esos institutos para solicitarla, porque se trata de una pensión social y no de una prestación laboral.
Personas que cumplen con los criterios principales
- Tener 65 años cumplidos o más.
- Contar con nacionalidad mexicana por nacimiento o naturalización.
- Residir actualmente en México.
- Presentar la documentación solicitada por la Secretaría de Bienestar.
- Completar el registro en los módulos o jornadas autorizadas.
Las reglas de 2026 establecen que la edad se considera cumplida dentro del bimestre de incorporación. Esto significa que la persona puede integrarse cuando alcanza los 65 años, siempre que exista un periodo de registro habilitado y entregue los documentos requeridos.
El programa no condiciona el acceso a tener una pensión baja, ni establece como requisito dejar de recibir ingresos del IMSS, ISSSTE, una Afore u otra fuente legal. Aun así, la incorporación no es automática: la persona debe estar registrada como derechohabiente y recibir la tarjeta o el medio de pago correspondiente.
Requisitos para solicitar la Pensión Bienestar en 2026
De acuerdo con las reglas publicadas en el Diario Oficial de la Federación, la persona adulta mayor solicitante debe presentar original para cotejo y copia de los siguientes documentos:
- Acta de nacimiento.
- Identificación oficial vigente. Puede ser la credencial para votar. Si no se cuenta con ella, también se contemplan el pasaporte vigente, la credencial del INAPAM u otro documento oficial que acredite la identidad.
- CURP.
- Comprobante de domicilio con una antigüedad máxima de seis meses o, en ciertos casos, una constancia de residencia emitida por la autoridad local.
- Formato Único de Bienestar debidamente llenado.
También se puede registrar a una persona adulta auxiliar para apoyar en los trámites. En ese caso, deberá presentar identificación vigente, CURP, comprobante de domicilio y el formato correspondiente.
Cuando la persona adulta mayor vive con una discapacidad o una enfermedad que le impide acudir a un módulo, un familiar o una persona adulta puede solicitar una visita domiciliaria del personal de la Secretaría de Bienestar para realizar el registro, conforme al procedimiento previsto en las reglas.
¿El apoyo se entrega automáticamente a pensionados del IMSS e ISSSTE?
No. Recibir una pensión del IMSS o del ISSSTE no genera por sí solo un depósito de 6,400 pesos. La persona debe cumplir la edad requerida, acreditar su nacionalidad y residencia, registrarse en el programa y contar con la tarjeta del Banco del Bienestar o el mecanismo de pago que determine la autoridad.
Esta precisión es importante porque algunos contenidos mezclan dos pagos distintos. Por un lado, están las pensiones contributivas del IMSS o del ISSSTE, que se pagan de acuerdo con la legislación y los calendarios de cada institución. Por otro, está la Pensión Bienestar, que se deposita cada dos meses.
El IMSS informa que sus personas pensionadas reciben el pago mensualmente, generalmente el primer día hábil de cada mes, de acuerdo con su calendario institucional. El ISSSTE también publica un calendario anual para sus personas pensionadas y jubiladas. Ninguno de esos calendarios convierte el pago de Bienestar en una prestación propia del instituto.
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¿Se pueden juntar los pagos en un mismo periodo?
Sí, en términos prácticos pueden coincidir en un mismo mes el depósito mensual del IMSS o del ISSSTE y el pago bimestral de la Pensión Bienestar. La coincidencia depende de las fechas de cada calendario y de que la persona ya esté incorporada al programa social.
Por ejemplo, una persona que recibe una pensión mensual del IMSS y está inscrita en la Pensión Bienestar puede observar dos depósitos diferentes: uno correspondiente a su pensión contributiva y otro por el apoyo bimestral. Lo mismo puede ocurrir con una persona jubilada del ISSSTE.
Esto puede explicar titulares que hablan de un “pago doble” o de miles de pesos extra. No obstante, no debe interpretarse como un incremento general en las pensiones del IMSS o del ISSSTE. El monto de 6,400 pesos pertenece al programa federal de Bienestar y no se suma permanentemente a la pensión mensual.
¿Qué deben hacer las personas interesadas?
Quienes tengan 65 años o más y todavía no reciban la Pensión Bienestar deben consultar las convocatorias y periodos de registro publicados por la Secretaría de Bienestar. La autoridad difunde las fechas mediante su portal oficial, sus delegaciones y los módulos de atención.
Antes de acudir, conviene revisar que los documentos estén completos, que la CURP coincida con el acta de nacimiento y que el comprobante de domicilio no tenga más de seis meses. También es recomendable conservar el folio o comprobante que entregue el personal encargado del registro.
La entrega del apoyo debe realizarse directamente a la persona derechohabiente, preferentemente mediante instrumento bancario. Las reglas del programa señalan que no deben existir intermediarios que cobren por registrar, activar o entregar la pensión.
Canales para verificar la información
Las personas pueden consultar las reglas y los avisos de registro en la página de la Secretaría de Bienestar. También pueden comunicarse a la Línea de Bienestar, cuyo número aparece en las reglas de operación vigentes, o acudir al módulo autorizado de su entidad.
Para revisar pagos de pensiones del IMSS, el instituto mantiene información en su apartado de pensiones y ofrece orientación telefónica a través de sus canales institucionales. En el caso del ISSSTE, las personas jubiladas pueden consultar el calendario oficial de pagos de 2026.
¿Hay un nuevo bono de 6,400 pesos para todos los pensionados?
La respuesta, con la información oficial disponible al 12 de septiembre de 2026, es no. No está confirmado un bono extraordinario universal creado específicamente para todas las personas pensionadas del IMSS y del ISSSTE.
Lo que sí está confirmado es la Pensión para el Bienestar de las Personas Adultas Mayores, con un apoyo de 6,400 pesos bimestrales para quienes tienen 65 años o más, son mexicanas por nacimiento o naturalización, residen en México y cumplen con los requisitos documentales y de registro.
Por eso, las personas jubiladas pueden tener derecho a ambos ingresos, pero deben distinguir su origen. La pensión del IMSS o ISSSTE se paga por la trayectoria de cotización y el régimen correspondiente; la Pensión Bienestar es un apoyo social sujeto a sus propias reglas.
También es importante desconfiar de mensajes que pidan depósitos, fotografías de tarjetas, contraseñas, NIP o datos bancarios para “liberar” el apoyo. Ninguna autoridad debe cobrar por la inscripción al programa.
Para ampliar información sobre los pagos de programas sociales en el Estado de México, puede consultarse esta nota de La Informadora. Las fechas y periodos de pago pueden cambiar, por lo que siempre deben verificarse en los canales oficiales.
Preguntas frecuentes
¿Los pensionados del IMSS e ISSSTE recibirán automáticamente 6,400 pesos extra?
No. Los 6,400 pesos corresponden a la Pensión para el Bienestar de las Personas Adultas Mayores y se entregan cada bimestre a quienes tienen 65 años o más y cumplen los requisitos. Recibir una pensión del IMSS o ISSSTE no genera automáticamente el depósito.
¿Se puede recibir la Pensión Bienestar junto con la pensión del IMSS o ISSSTE?
Sí. La Pensión Bienestar es un programa social independiente y, de acuerdo con las reglas de operación de 2026, recibir una pensión contributiva no impide solicitarla. La persona debe registrarse y acreditar los requisitos.
¿Qué documentos piden para solicitar los 6,400 pesos?
Se solicita acta de nacimiento, identificación oficial vigente, CURP, comprobante de domicilio con antigüedad máxima de seis meses y el Formato Único de Bienestar. Los documentos deben presentarse en original y copia para cotejo.
Fuentes consultadas
- Diario Oficial de la Federación: Reglas de Operación de la Pensión para el Bienestar de las Personas Adultas Mayores 2026 — Fuente normativa principal para confirmar el monto, la población objetivo, los criterios de elegibilidad y los documentos requeridos.
- Programas para el Bienestar: Pensión para las Personas Adultas Mayores — Confirma el apoyo de 6,400 pesos bimestrales, la tarjeta del Banco del Bienestar y la edad mínima de 65 años.
- Secretaría de Bienestar: documentos de la Pensión para Adultos Mayores — Portal oficial para consultar reglas, avisos, documentos y módulos de atención.
- IMSS: ¿Cómo recibiré el pago de mi pensión? — Permite distinguir el pago mensual de la pensión del IMSS frente al apoyo bimestral de Bienestar.
- ISSSTE: Calendario de pagos a personas pensionadas y jubiladas 2026 — Fuente oficial para diferenciar el calendario de pagos del ISSSTE respecto del programa social.
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