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¿Qué es el Certificado de Supervivencia del IMSS e ISSSTE? Esto aplica para jubilados y pensionados en junio de 2026

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El Certificado de Supervivencia no es un trámite que deban realizar automáticamente todos los jubilados y pensionados del IMSS e ISSSTE durante junio de 2026. La obligación depende de las reglas aplicables a cada institución, del régimen de pensión y, especialmente, de si la persona pensionada reside en México o en el extranjero.

La confusión puede surgir porque el certificado sí existe y se utiliza para acreditar que una persona pensionada continúa con vida. Sin embargo, las autoridades federales han informado que para muchos beneficiarios que viven en territorio nacional la comprobación puede hacerse mediante cruces de información, actualización de datos o mecanismos internos, sin acudir cada año a una ventanilla.

Por ello, antes de trasladarse a una oficina o entregar documentos, es importante revisar la información oficial del IMSS, del ISSSTE o del consulado mexicano correspondiente.

¿Qué es el Certificado de Supervivencia?

El Certificado de Supervivencia, también conocido como comprobación o revista de supervivencia, es un documento que acredita que una persona pensionada se encuentra con vida y conserva el derecho a recibir su pensión.

Su finalidad es evitar que una institución continúe pagando una pensión de manera indebida después del fallecimiento de la persona titular. El trámite puede realizarse mediante una comparecencia presencial, una verificación electrónica, el cruce de bases de datos o la actualización de información personal, según el caso.

Este procedimiento se relaciona principalmente con personas pensionadas que viven fuera de México, pues suelen tener que comprobar periódicamente su supervivencia ante una representación consular mexicana. Para quienes viven dentro del país, no existe una regla general que obligue a todos los pensionados del IMSS o del ISSSTE a acudir en junio de 2026.

¿Los pensionados del IMSS deben hacer el trámite en junio de 2026?

No hay confirmación oficial de que todas las personas pensionadas del IMSS deban presentar un Certificado de Supervivencia durante junio de 2026. El IMSS señala que eliminó la comprobación de supervivencia en ventanilla para las personas que recibieron el beneficio y mantienen actualizada su información personal.

La institución indica que la persona pensionada debe revisar su comprobante de supervivencia. Si contiene una leyenda que informa que el IMSS eliminó la comprobación en ventanilla, ya no es necesario acudir periódicamente a realizar ese trámite. La pensión se mantiene con base en la información disponible y en los mecanismos de validación del Instituto. ([imss.gob.mx](https://www.imss.gob.mx/comprobacion-supervivencia?utm_source=openai))

El IMSS también precisa que la actualización de datos puede realizarse en ventanilla y que no existe una fecha límite general para hacerlo. Para ese procedimiento se solicita identificación oficial, CURP y el Número de Seguridad Social. El domicilio puede declararse y el teléfono, celular y correo electrónico son datos opcionales de acuerdo con la información publicada por el Instituto. ([imss.gob.mx](https://www.imss.gob.mx/comprobacion-supervivencia?utm_source=openai))

¿Quiénes podrían tener que comprobar supervivencia ante el IMSS?

La comprobación puede ser necesaria en casos específicos, por ejemplo:

  • Personas pensionadas que viven en el extranjero.
  • Beneficiarios cuya información personal no está actualizada o no coincide con los registros oficiales.
  • Personas que reciban una citación del IMSS para aclarar información relacionada con su pensión.
  • Pensionados cuyo pago se realice mediante una aseguradora o una Afore, cuando el contrato correspondiente establezca una comprobación periódica.

En el caso de pensionados del IMSS que viven en el extranjero, la regla general informada por el Instituto es comprobar la supervivencia cada seis meses mediante las oficinas consulares mexicanas. La Secretaría de Relaciones Exteriores también señala que, desde diciembre de 2016, los consulados comprueban en línea la supervivencia de pensionados del IMSS, sustituyendo la entrega tradicional del certificado en determinados casos. ([imss.gob.mx](https://www.imss.gob.mx/tramites/imss01022?utm_source=openai))

¿Los pensionados del ISSSTE deben hacer el trámite en junio?

En el caso del ISSSTE, tampoco existe una indicación general vigente que obligue a todas las personas jubiladas y pensionadas a realizar el Certificado de Supervivencia en junio de 2026.

El ISSSTE informó en 2024 que sus derechohabientes no necesitan realizar el trámite del certificado de supervivencia para continuar recibiendo sus pagos. Además, durante 2025 y 2026 comunicó la entrega de credenciales con vigencia permanente, con las cuales se elimina el refrendo bianual de derechos y la necesidad de presentarse físicamente para comprobar la supervivencia, siempre que la persona cuente con ese documento y su situación esté correctamente registrada. ([gob.mx](https://www.gob.mx/issste/prensa/garantiza-issste-pago-de-pensiones?idiom=es-MX&utm_source=openai))

La credencial con vigencia permanente requiere, de acuerdo con el ISSSTE, ser jubilado o pensionado del Instituto, presentar una identificación oficial vigente, una fotografía tamaño infantil y una copia del último talón de pago. El trámite es gratuito y las fechas o lugares de entrega se informan a través de las Oficinas de Representación Estatal. ([gob.mx](https://www.gob.mx/issste/prensa/credencial-con-vigencia-permanente-del-issste-agiliza-tramites-y-protege-identidad-de-personas-jubiladas-y-pensionadas?idiom=es&utm_source=openai))

El ISSSTE también explicó que utiliza el intercambio de información con el Registro Nacional de Población para conocer la supervivencia de las personas jubiladas y pensionadas. Por ello, quienes todavía no cuenten con la credencial de vigencia permanente pueden continuar recibiendo su pensión de manera normal, según la información difundida por el Instituto. ([gob.mx](https://www.gob.mx/issste/prensa/entrega-marti-batres-vigencia-permanente-de-derechos-a-jubilados-y-pensionados-del-issste-en-ciudad-de-mexico?utm_source=openai))

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¿Qué ocurre con quienes viven fuera de México?

La situación es diferente para quienes reciben una pensión del ISSSTE y radican en otro país. En esos casos, la Secretaría de Relaciones Exteriores mantiene el servicio de comprobación de supervivencia a través de consulados y embajadas mexicanas.

La ficha oficial del trámite señala que las personas pensionadas del gobierno mexicano que viven en el extranjero deben acudir a la oficina consular más cercana. Para pensionados del ISSSTE, se solicita la credencial de pensionista o una identificación oficial vigente si no cuentan con ella, el número de pensionista, una fotografía reciente y, en algunos casos, el último talón de pago. ([gob.mx](https://www.gob.mx/tramites/ficha/certificado-de-supervivencia/SRE1505?utm_source=openai))

No obstante, el propio ISSSTE indica que si la persona ya registró su CURP ante el Instituto, la supervivencia puede comprobarse mediante ese documento y ya no sería necesario trasladarse a una oficina consular. La recomendación es confirmar directamente con el ISSSTE que el registro se haya realizado correctamente. ([gob.mx](https://www.gob.mx/tramites/ficha/certificado-de-supervivencia/SRE1505?utm_source=openai))

Requisitos del Certificado de Supervivencia

Los requisitos pueden variar según la institución, el país de residencia y el mecanismo de comprobación. Para quienes deben acudir a un consulado mexicano, los documentos que suelen solicitarse son los siguientes:

  • Identificación oficial vigente con fotografía.
  • Credencial de pensionista del IMSS o del ISSSTE, cuando se cuente con ella.
  • Número de Seguridad Social en el caso del IMSS.
  • Número de pensionista en el caso del ISSSTE.
  • Último talón o comprobante de pago de la pensión, cuando sea requerido.
  • Fotografía reciente, de frente y a color; las características pueden cambiar según la representación consular.
  • En algunos casos del IMSS, un escrito firmado con número telefónico y correo electrónico.

La ficha de la Secretaría de Relaciones Exteriores establece que el trámite es gratuito. También advierte que la persona pensionada debe presentarse personalmente, salvo que el consulado correspondiente tenga un mecanismo especial para casos de imposibilidad física. ([gob.mx](https://www.gob.mx/tramites/ficha/certificado-de-supervivencia/SRE1505?utm_source=openai))

¿Puede suspenderse el pago si no se presenta?

La respuesta depende de cada situación. No debe asumirse que la pensión se suspenderá automáticamente en junio de 2026 por no acudir a realizar un supuesto trámite general.

Sin embargo, cuando una institución solicita formalmente una comprobación de supervivencia, una actualización de datos o una aclaración y la persona no atiende el requerimiento, podría considerarse que la supervivencia no fue comprobada. En esos casos, el pensionado debe comunicarse con el IMSS, el ISSSTE, la aseguradora, la Afore o el consulado que corresponda para conocer el procedimiento de regularización.

El IMSS establece que, cuando una persona debe realizar la comprobación de manera presencial, puede presentar identificación oficial y proporcionar su Número de Seguridad Social. El trámite se realiza en la ventanilla de Control de Prestaciones Económicas de la Unidad de Medicina Familiar correspondiente, conforme a los horarios institucionales. ([imss.gob.mx](https://www.imss.gob.mx/tramites/imss01005?utm_source=openai))

¿Qué deben hacer los jubilados y pensionados en junio de 2026?

  1. No acudir por rumores. Hasta el 4 de septiembre de 2026, no se encontró una disposición oficial que ordene a todos los jubilados y pensionados del IMSS e ISSSTE realizar el Certificado de Supervivencia durante junio de 2026.
  2. Revisar el último comprobante. En el caso del IMSS, el comprobante puede indicar si la persona ya cuenta con el beneficio de no acudir a ventanilla.
  3. Confirmar la institución que paga la pensión. No es lo mismo una pensión pagada directamente por el IMSS o el ISSSTE que una renta cubierta por una aseguradora o una Afore.
  4. Verificar los datos personales. Es importante que nombre, CURP, domicilio y Número de Seguridad Social coincidan con los registros oficiales.
  5. Consultar si se vive en el extranjero. Las personas pensionadas que radican fuera de México deben revisar las reglas de su institución y del consulado mexicano correspondiente.
  6. Usar canales oficiales. Para dudas del IMSS está disponible el teléfono 800 623 23 23, opción 3, de acuerdo con la información institucional. En el caso del ISSSTE, se puede acudir a sus Oficinas de Representación Estatal o utilizar sus canales oficiales de atención.

Conclusión

El Certificado de Supervivencia sí es un documento válido para acreditar que una persona pensionada continúa con vida, pero no representa un trámite obligatorio y general para todos los jubilados del IMSS e ISSSTE en junio de 2026.

Para pensionados que viven en México, el IMSS cuenta con mecanismos para eliminar la comprobación presencial y el ISSSTE ha implementado credenciales con vigencia permanente. En cambio, quienes viven en el extranjero pueden seguir sujetos a comprobaciones periódicas ante consulados, salvo que su institución confirme otro mecanismo.

La recomendación es no entregar documentos ni pagar a intermediarios. Si existe una notificación específica, debe revisarse con la institución que paga la pensión y, cuando corresponda, con la representación consular mexicana.

Preguntas frecuentes

¿Todos los pensionados del IMSS e ISSSTE deben hacer el Certificado de Supervivencia en junio de 2026?

No. No existe una confirmación oficial de que todos deban realizarlo en junio de 2026. La obligación depende de la institución, el régimen de pensión, la actualización de datos y el país donde reside la persona pensionada.

¿Qué requisitos piden para el Certificado de Supervivencia?

Cuando el trámite aplica, normalmente se solicita identificación oficial, credencial o comprobante de pensionado, Número de Seguridad Social o número de pensionista, último talón de pago y una fotografía reciente. Los requisitos pueden cambiar según el IMSS, ISSSTE o consulado.

¿Los pensionados que viven en el extranjero deben comprobar supervivencia?

En general, quienes viven fuera de México deben revisar las reglas de su institución y del consulado correspondiente. Para el IMSS se contempla una comprobación cada seis meses en ciertos casos; para el ISSSTE puede existir un mecanismo mediante la CURP si fue registrada correctamente.

Fuentes consultadas

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